Hacienda amplía plazos del reglamento Veri*Factu

El Gobierno ha decidido retrasar la entrada en vigor del Reglamento Veri*Factu, que establece nuevos requisitos técnicos para los sistemas de facturación. Así lo recoge el Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, publicado en el BOE el 2 de abril, que otorga a los contribuyentes más tiempo para adaptarse a esta normativa.

Esta decisión responde al retraso en la publicación de la Orden HAC/1177/2024, donde se detallan las especificaciones técnicas obligatorias. Dicha orden no se publicó hasta el 17 de octubre de 2024, lo que dejó un margen de tiempo muy escaso para que empresas, profesionales y desarrolladores pudieran adecuarse.

Nuevos plazos de aplicación:

- Las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades tendrán hasta el 1 de enero de 2026 para adaptar sus sistemas.

- El resto de contribuyentes (autónomos, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente) dispondrán de plazo hasta el 1 de julio de 2026.

Además, la norma reconoce el tiempo necesario para el desarrollo y comercialización de soluciones informáticas compatibles. Por ello, los fabricantes de software contarán con un plazo de 9 meses desde la entrada en vigor de la Orden (17 de octubre de 2024), lo que sitúa el límite en el 29 de julio de 2025.

¿Quién queda exento?
Los contribuyentes que ya operan bajo el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) no estarán obligados a aplicar el Reglamento Veri*Factu cuando las facturas las emita el destinatario o un tercero en cumplimiento de normativa. Esto se debe a que el SII ya garantiza la trazabilidad y el control exigido por Hacienda.

Modificaciones normativas clave:

  • El artículo 4 del reglamento ha sido modificado para clarificar su ámbito de aplicación y suprimir apartados que resultaban redundantes.

  • El artículo 6 se actualiza para remarcar que, aunque la emisión material de la factura sea delegada, la responsabilidad sigue recayendo sobre el obligado tributario.

Se gana tiempo, pero no se eliminan las exigencias. Este aplazamiento ofrece una ventana de preparación importante, especialmente para pymes, autónomos y desarrolladores de software, que ahora disponen de un calendario más realista para cumplir con esta transformación en la facturación.


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