¿Existe la obligación de retener respecto de los dividendos o participaciones en beneficios que tengan derecho a la exención del 95% en el Impuesto sobre Sociedades?

Las retenciones sobre el reparto de dividendos son obligatorias, aunque desde el 1 de enero de 2021 la exención por doble imposición de dividendos solo es aplicable respecto al 95% del dividendo bruto percibido.

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